La ley establece como obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil para poder circular con un Automóvil. Dicho seguro te brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito.
Si además buscas contratar un seguro que cubra los daños ocasionados a tu unidad, debés saber cuál es la diferencia entre una cobertura Terceros Completos y una cobertura Todo Riesgo con Franquicia. La diferencia más importante es que esta última incluye daño parcial, es decir, los daños por accidente que sufre el vehículo en un siniestro que no llegan a configurar una destrucción total, entendiendo por destrucción total a aquellos daños cuyo valor de reparación iguala o supera el 80% del valor del vehículo, descontando el valor de la franquicia.
La franquicia es el total de dinero que como asegurado tenés que asumir por cuenta propia para cubrir el costo de los daños generados por un siniestro, según el contrato pactado previamente con tu compañía de seguros. La aseguradora paga la diferencia si el daño sufrido en el siniestro tiene un costo de reparación superior a la franquicia pactada.